Diego Coquillat - El Periódico de los Restaurantes

¿Qué aspectos legales debería considerar un restaurante con respecto al marketing digital?

Es una tónica habitual de hoy en día el ver a los restaurantes utilizar las bondades del marketing digital para promocionar su negocio. Tener una web en la que puedes conseguir reservas, utilizar vales de descuento para obtener los correos de clientes, mandarles ofertas y promociones, hacer uso de “cookies” para perseguir con nuestros anuncios a nuestros clientes, llevar a cabo acciones de social media, etc,…

¿Eres un restaurante y utilizas estas herramientas de marketing digital? Eso es genial, pero soy abogada y mi trabajo consiste en informarte, al menos básicamente, de los puntos críticos que debes de cubrir para no tener problemas. Internet es un medio libre, mundial, flexible, pero pese a ello, y aunque no lo parezca, existen normas que lo regulan.

Internet es un medio libre, mundial, flexible, pero pese a ello, y aunque no lo parezca, existen normas que lo regulan.
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Su uso para promocionar nuestro restaurante conlleva el respeto al menos a estas normativas:

  • Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), aunque en dos años cambiará debido al recién aprobado reglamento europeo de protección de datos.
  • Ley 34/2002, de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE); Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
  • Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores.

Mi restaurante tiene una web que sólo incluye información de mi negocio y un formulario de contacto ¿Qué debo de hacer?

Una web requiere un aviso legal visible en toda la navegación de la misma y en donde se cumplan criterios de información como la titularidad de la web, entre otros: nombre, identificación fiscal, dirección, servicios ofreciados, etc.

Cookies: Generalmente en las páginas se suelen utilizar Cookies o dispositivos de almacenamiento, que se instalan en los equipos del usuario. Se debe realizar un análisis de las cookies utilizadas, finalidades y caducidad, así como establecer un aviso en primera capa, informando de su uso y finalidades, y un aviso legal otorgando una información más detallada al usuario: usos, definiciones, finalidades, caducidad, si son propias o de terceros, formas de deshabilitarlas, etc.

Mi restaurante tiene una web que sólo incluye información de mi negocio y un formulario de contacto ¿Qué debo de hacer?Oxygenna

Por otro lado los formularios de contacto recaban datos de carácter personal, por ello, se deberá establecer un aviso de privacidad correspondiente, informando de la existencia del fichero, finalidades, información de derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición), cesiones a otras organizaciones, etc. Asimismo se debe recabar el consentimiento mediante “Check box” donde si no se marca el mismo, no se podría proceder al envío del formulario.

Principales obligaciones de los restaurantes con la LOPD 

El uso de la web, de las redes sociales o de promociones, hace que los restaurantes deban de cumplir las normas que protegen la privacidad de las personas, actualmente sigue vigente la LOPD, con obligaciones como las siguientes:

  • Notificación de los ficheros a la Agencia Española de Protección de Datos que contengan datos personales de clientes, empleados, proveedores y usuarios.
  • Información y en su caso, consentimiento para la recogida de datos en un fichero de carácter personal: Esto suele ocurrir, cuando se realizan concursos promocionales, o se recaban datos en formularios, o en promociones del restaurante.
  • Respeto de las medidas de seguridad técnicas y organizativas, y que deben recogerse en un documento de seguridad.
  • ¿Se hacen copias de seguridad? ¿Se utilizan contraseñas de acceso?, ¿se ponen medios para que no haya problemas con la seguridad de la información de nuestros clientes?
  • Deber de secreto y confidencialidad
  • Informar de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) y atenderlos en su caso.
  • Firmas de contratos con terceros con acceso a datos del restaurante: Asesorías, video vigilancia, hosting de la web, guarda de información en la nube, etc.

Recientemente se ha aprobado el Reglamento europeo de protección de datos, que es de aplicación directa en España en dos años.

 ¿Se pueden enviar correos o sms publicitarios? 

Como norma general, para proceder a enviar publicidad por correo electrónico o SMS sin ser solicitado por el destinatario, se ha de obtener su consentimiento de forma expresa y previa.

Es decir, debemos cerciorarnos de que el destinatario nos dio su permiso o bien (esto es una excepción a la norma general) existe una relación contractual previa, es decir, si ya es cliente del restaurante, podríamos enviárselas siempre y cuando los servicios o productos sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación por aquél.

¿Se pueden enviar correos o sms publicitarios?
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Otra obligación importante es ofrecer al destinatario la posibilidad de dejar de recibir este tipo de comunicaciones, estableciendo una forma gratuita y sencilla para dejar de recibirlas.

Propiedad intelectual 

La digitalización de los contenidos y su fácil trasmisión puede producir vulnerabilidades en los derechos de propiedad intelectual e industrial. La apropiación y la divulgación de contenidos es una práctica habitual, por ello, mi consejo es que cuando subamos entradas en los blogs de los restaurantes, o hagamos publicidad, no es conveniente el uso de fotografías obtenidas de Internet sin permiso o sin pasar “por caja”. Asimismo, cuidado con el uso de vídeos de terceros, contenidos, etc… Para usarlos es necesario el consentimiento de sus autores.

La digitalización de los contenidos y su fácil trasmisión puede producir vulnerabilidades en los derechos de propiedad intelectual e industrial.
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Existen otros puntos a tener en cuenta a la hora de hacer uso de las herramientas que Internet nos ofrece a nivel de marketing, como por ejemplo pedir consentimientos para publicar imágenes de nuestros clientes en las redes sociales o en la web, o no usar las palabras clave de la marca registrada de la competencia para escalar puestos en posicionamiento, etc.

El uso de Internet nos ayuda a impulsar a nuestro negocio, pero debemos tener en cuenta que la Ley existe, y en mi opinión, los restaurantes, como mínimo, deben ser conscientes y ser coherentes con la actividad que realizan y conocer los riesgos legales para minimizarlos todo lo que sea posible.

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